TASAS DEL
BOLETÍN OFICIAL

Cada publicación tiene un costo fijado por la Ley Nº 15.479. En esta página encontrarás el valor de cada una de ellas y los medios de pagos

MEDIOS DE PAGO

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LISTADO DE TASAS

  • Por cada publicación de edictos, avisos de remate, convocatorias, memorias, avisos particulares por orden judicial o administrativa, licitaciones, títulos o encabezamientos (reducido éste al nombre del martillero, de la sociedad, de la entidad licitante) etc., por cada carácter/espacio, cuatro pesos.
  • $8,00
  • Anexos separados del cuerpo Normativo principal (Tamaño A4), por página, mil setecientos veintisiete pesos.
  • $3.300,00
  • Por las publicaciones que soliciten, con arreglo a las normas vigentes: 1) los Bomberos Voluntarios; 2) los Consorcios Vecinales de Fomento; y 3) las asociaciones civiles de primer grado constituidas en la Provincia de Buenos Aires, autorizadas a funcionar por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires y que estén constituidas como Clubes de Barrio, Centro de Jubilados, Centros Culturales, Sociedades de Fomento, Jardines Comunitarios u Organizaciones de Comunidades Migrantes, alcanzados por el artículo 1, inciso a), apartado 2), de la Ley N° 15.192, la tarifa será de cero pesos.
  • $0,00
  • Sin perjuicio de lo regulado en otras disposiciones legales, por las publicaciones que soliciten, con arreglo a las normas vigentes y en tanto no se encuentren comprendidas en los incisos precedentes, las Municipalidades, las entidades culturales, deportivas, de bien público en general, se abonará mitad de tarifa.
  • -50%
  • Balances de entidades financieras comprendidas en la Ley Nacional N° 21.526 (y sus modificatorias), confeccionados en base a la fórmula prescripta por el Banco Central de la República Argentina, Balances de empresas y demás publicaciones contables, publicados “In Extenso”, por cada día de publicación, noventa y seis mil seiscientos cincuenta pesos.

    En caso de presentarse, juntamente con el balance de la Casa Central, los balances de sucursal, estos últimos serán considerados por separado.

  • $188.460,00
  • Respecto a las publicaciones de balances de otras entidades -y similares publicaciones contables- ordenadas legalmente, y publicados en forma sintetizada, por cada día de publicación, se cobrará treinta y un mil novecientos pesos.
  • $62.200,00
  • Por búsqueda de cada informe, si no se indica exactamente el año que corresponda, se adicionarán cuatrocientos pesos.
  • $780,00
  • Por testimonios de decretos, resoluciones o disposiciones relacionadas con la designación o cese de un o una agente, cuando los mismos sean con fines jubilatorios, la tarifa será de cero pesos.
  • $0,00

Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.